Legislar no debe ser nada sencillo. Lo digo desde el punto de vista del ciudadano, no desde el experto en Derecho que no soy ni de lejos. En estos días vemos como uno de los asesinatos que más han conmocionado a nuestra sociedad se le pretenden imputar a un menor, probablemente por indicación de unos abogados sobre los que me reservo la opinión. Hace unos años asistimos estupefactos al espectáculo que nos ofreció un famosísimo bailaor que pretendía cargarle el muerto –nunca mejor dicho- a otro menor.
Nuestras leyes protegen especialmente a los menores y, por otro lado, pretenden evitar que esta protección se utilice de manera torticera. Es un equilibrio complejo.
Con el inicio del siglo, se abordó una tarea legislativa de gran trascendencia: la regulación del derecho de asociación. Y se promulgaron las leyes de partidos políticos y la de asociación. Treinta años antes, en la España de la dictadura de Franco, no era necesaria una ley de partidos ¿para qué? Sólo había uno que estuviese permitido [1] y su Jefe Nacional –que así se llamaba el cargo que detentaba Franco como máximo dirigente de ese partido- jamás necesito ninguna ley para ejercer su poder. En cuanto a la Ley de asociaciones de 1964, analizada desde la óptica de nuestra Constitución, era un esperpento mayúsculo.
Pero volvamos a nuestro siglo XXI. Al regular estos derechos básicos, el legislador trató de evitar que se utilizase a menores como “escudo de impunidad”. Imaginemos que un grupo terrorista legaliza un partido político y coloca en la ejecutiva de ese partido a menores de edad. O que una asociación emprende actividades de dudosa legalidad, y para esquivar responsabilidades, coloca en la directiva también a menores.
Es evidente que la Ley debe impedir esas actuaciones, y así lo hace. Los menores no pueden “obligarse civilmente”, que para que todos nos entendamos, quiere decir que no pueden comprar, vender, contratar, etc. Pero sí pueden tomar decisiones ¡ojo al parche! [2]
Esta realidad, hace que constituir una asociación en la que participen menores y mayores de edad de manera simultánea, no sea una tarea sencilla. Porque se debe garantizar que los primeros no son manipulados por los segundos.
Alguien podría entender como manipulación, que alguna de estas asociaciones reconociese unos derechos a todos sus miembros en uno de los artículos de sus estatutos y que en otro artículo, les negase a los menores los derechos de elección de representantes, el de asunción de tareas de dirección, el de representación en los órganos de gobierno… Eso es lo que pretende evitar la ley. Eso y otras cosas aún peores.
No es fácil encontrar esa vía que garantice los máximos derechos de los menores en su propia asociación. Pero el camino no es ponerles un caramelito en la boca, un uniforme en el que pueden ponerse sus chapitas y poquito más. Ese no es el camino. Al menos, desde mi punto de vista.
¿Qué diría el legislador su supiese que en el máximo órgano de una asociación ni uno solo de sus miembros ha sido elegido de manera directa por los asociados? ¿Esa “solución” es acorde a la Ley? Si quieres leer un viejo artículo sobre este tema en SALIR AL AIRE pincha aquí
Notas
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[1] Franco fue el Jefe Nacional de la “Falange Española Tradicionalista y de la Juntas de Ofensiva Nacional-Sindicalista”. Un solo un partido para toda España pero… menudo nombrecito. Habría que ver las tarjetas de visita.
[2] Una asociación constituida por menores podrá contar con un órgano de representación –éste sí formado por adultos- que ejecute los acuerdos que los menores adopten en sus órganos de gobierno a los que podrán pertenecer sin limitación. Bueno sí, con la limitación de ser elegidos por el resto de componentes de la asociación.
Este artículo me ofende profundamente… y entre otras cosas porque creo que esa es su intención.
Se pretende crear un debate donde no corresponde porque allí donde se debe realizar nadie está conforme con ello.
Se menosprecia a todos los órganos representativos de la organización y se pone en entredicho su legalidad y representatividad y con ello se ofende a todos sus componentes.
Se publican, con intención, falsedades tergiversando la realidad del sistema organizativo de nuestra organización.
Este artículo no pretende ofender a nadie.
Por otro lado, denunciar que en él se vierten falsedades con intención, y no decir cuales son esas falsedades… ¿A dónde nos lleva? ¿Es falso todo? ¿Solo alguna parte? ¿Qué parte?